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Gobierno Regional y municipalidades deberán rendir cuentas

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Tienen plazo hasta el 30 de abril del 2025

La Contraloría General de la República recuerda a los titulares de las entidades públicas del gobierno nacional, regional y local, incluyendo empresas y Sociedades de Beneficencia y otros organismos bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, que tienen plazo hasta el próximo miércoles 30 de abril para cumplir con la obligación de presentar el Informe de Rendición de Cuentas de Titulares del período anual 2024, de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Directiva N° 016-2022.

Más de 2 400 autoridades del país tienen la responsabilidad de informar a la Entidad Fiscalizadora Superior y a la ciudadanía, sobre el uso de los fondos y bienes del Estado a su cargo, así como los resultados de su gestión, lo que contribuye a la transparencia y cultura de integridad en la gestión pública; además, fomenta el control social por parte de los ciudadanos y de las partes interesadas.

Los titulares de las entidades deben presentar el referido informe a través del aplicativo «Rendición de Cuentas y Transferencia de Gestión», disponible en el siguiente link: “APLICATIVO DE IRCT – 2024”.

Una vez vencido el plazo, la Contraloría publicará en su portal web el listado de los titulares que no hayan cumplido con la obligación de presentar el Informe de Rendición de Cuentas 2024, con la finalidad de informar a la ciudadanía. Asimismo, los informes presentados por las entidades mediante el aplicativo informático son de libre acceso para la población y estarán disponibles para consulta pública.

El Informe de Rendición de Cuentas debe ser presentado por el Poder Ejecutivo: Presidencia del Consejo de Ministros, Ministerios, Organismos Públicos, Programas, Universidades Públicas y demás entidades que lo conformen; así como por el Poder Legislativo, Poder Judicial y Ministerio Público, en cuanto a sus unidades administrativas. También los titulares de los gobiernos regionales, gobiernos locales (municipalidades provinciales y distritales), Organismos Constitucionalmente Autónomos, el Seguro Social de Salud – Essalud, las Sociedades de Beneficencia, las empresas del Estado, los organismos públicos descentralizados regionales y municipales, así como otros organismos pertenecientes a los gobiernos regionales y locales. (Arnaldo Mejía Bojórquez)

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