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El 3 de Junio inicia la venta de kits para la consulta de revocatoria de autoridades regionales y municipales 2025

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A partir del 3 de junio hasta el 26 de septiembre de este año, se pondrán a la venta los kits para la revocatoria de autoridades regionales y municipales a nivel nacional, según lo dispuesto en la Resolución n.° 0120-2024-JNE. Estos kits, destinados a los ciudadanos y promotores que no estén conformes con la gestión de sus autoridades, tendrán un costo de 85.70 soles.

La revocatoria de autoridades representa un mecanismo de supervisión ciudadana que permite destituir a funcionarios regionales, municipales, provinciales o distritales de sus cargos. Este derecho político está amparado por el artículo 31° de la Constitución Política del Perú, así como por la Ley N.º 26300 sobre los Derechos de Participación y Control Ciudadanos, y su enmienda correspondiente, la Ley 30315.

En una entrevista con Prensa regional, el gestor de la Oficina Regional de Coordinación de Huaraz, Rómulo Gastañaduí Rodriguez, explicó el procedimiento para solicitar la revocatoria de una autoridad. Se destaca que el promotor debe ser de la misma circunscripción que la autoridad a revocar. Además, Gastañaduí señaló que el pago del monto estipulado y una solicitud motivada, indicando las razones para solicitar la revocatoria, son requisitos indispensables para iniciar el proceso. Es importante resaltar que el argumento debe diferenciarse de las causales de vacancia o suspensión, ya que estas se manejan por vías distintas. Los promotores suelen argumentar incumplimiento de promesas por parte de las autoridades, aunque no pueden alegar malversación de fondos o nepotismo, ya que estos casos se canalizan por otros medios.

Cualquier ciudadano que resida en la misma circunscripción que la autoridad a revocar puede presentar la solicitud de revocatoria. La ONPE responderá en un plazo máximo de 9 días hábiles, con dos días adicionales para corregir posibles observaciones. Se debe solicitar un kit electoral por cada nivel de autoridad a revocar. Una vez cumplidos los requisitos, la ONPE entregará el kit, que incluye listas de adherentes, formatos diversos, software y manuales.
Después de recolectar firmas equivalentes al 25 % del padrón electoral, estas se verificarán en el Reniec. Posteriormente, el promotor presentará la solicitud de revocatoria junto con las constancias de verificación de firmas ante la ONPE o las ORC.

La ONPE resolverá las solicitudes en un plazo de 30 días. En caso de denegación, se podrá apelar ante el JNE, que dispondrá de 15 días para resolver. No se admiten más recursos. El JNE convocará la consulta popular para las solicitudes admitidas.
Redacción: Liliana Barraza Urbano

 

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